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domingo, 23 de octubre de 2011

La forma de ley

     LA FORMA DE LEY
La forma de ley, concreta que verdaderamente, una ley y no una apariencia de ley tiene que cumplir aquello en lo que consiste la ley, y tiene que tener forma de ley.
Aquello en lo que consiste ser ley es una ley que tiene que cumplir cualquier ley concreta si quiere ser, verdaderamente, una ley.
Lo único a lo que obliga la forma de ley es a que la ley según la cual nos decidamos comportar, sea la que sea, no resulte incompatible con eso en lo que consiste ser ley.
Lo único que dice es que las leyes a las que decidamos libremente obedecer tienen que ser verdaderas leyes.
La forma de ley lo primero que impone es que cualquier ley tiene que poder obligar, sin excepción, a todos por igual.
Nos obliga a que, hagamos lo que hagamos, no resulte incompatible con que eso mismo pueda hacerlo cualquiera, es decir, pueda valer para todos o, lo que es lo mismo, pueda adoptar forma de ley.
Es decir, la forma de ley nunca se opone a que nos comportemos como queramos siempre y cuando resulte admisible (incluso para nosotros mismos) que cualquiera se pueda también comportar del mismo modo si quiere. Lo único que nos dice la forma de ley es que lo contrario es intolerable; que es intolerable que hagamos el tipo de cosas que sólo podemos querer a condición de que no las haga cualquier otro, o sea, el tipo de cosas que sólo podemos querer a condición de que las hagamos nosotros, pero nadie más.


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